Jesús María. El Concejo Deliberante de la ciudad aprobó una ordenanza diseñada por el Concejo Deliberante Juvenil.
La normativa establece una serie de controles para garantizar la seguridad de los denominados “motovehículos” o “delivery” que trabajan en las calles de Jesús María realizando variadas tareas: desde llevar una pizza a domicilio hasta una diligencia encargada por un tercero.
En la ciudad ya existe una empresa de “moto servicios” que ofrece sus conductores y motocicletas como una opción de bajo costo para llevar a cabo trámites.
Un trabajo a conciencia.
El interés de los concejales juveniles por este tema surgió poco después que asumieron en sus funciones y durante dos meses debatieron el proyecto y corrigieron los detalles legales con el asesoramiento de los ediles adultos.
Finalmente, lograron la aprobación de la ordenanza que consta de dos partes: una de ellas prevé la implementación de una campaña de concientización que comenzará en las concesionarias que venden las motocicletas; la otra, el control de los motovehículos, sus conductores y las empresas de las cuales dependen.
El texto del nuevo marco regulatorio dice que “los comercios dedicados a la venta de motovehículos deberán entregar a los compradores un folleto ilustrativo diseñado y provisto por la autoridad de aplicación”.
Este folleto contendrá la información necesaria sobre la legislación que deben respetar los conductores de este tipo de medios de transporte.
La segunda parte de la ordenanza, que en realidad es otra norma, describe qué se considera motovehículo y diferencia los servicios de delivery y mensajería o cadetería.
El delivery es aquel utilizado por empresas para trasladar productos y cualquier tipo de mercadería de elaboración propia. Este servicio puede ser realizado tanto en moto como en bicicletas.
La mensajería, en cambio, se refiere a un servicio contratado por terceros que “se realiza bajo la responsabilidad del prestatario en forma personal o a través de sus dependientes”.
Mayor seguridad.
La flamante ordenanza prevé que los conductores deban utilizar un “chaleco fluorescente de color a establecer” y “con la identificación del comercio para el cual presta el servicio o la suya cuando lo hiciere por cuenta propia”.
Fija, además, que lleve el dominio del motovehículo y que la caja transportadora esté bien sujeta a la motocicleta para evitar accidentes.
Otra novedad que incluye es la creación del “Registro Único Municipal de Motovehículos” (RUMM), donde deberán ser inscriptos todos los ciclomotores, motocicletas o bicicletas destinadas a prestar los servicios de mensajería y delivery.
Otra disposición interesante es hacer responsable en forma “conjunta, indistinta y solidaria”, por cualquier infracción de tránsito, a los conductores y los titulares de las empresas para las cuales presten servicios.
Las sanciones económicas que se aplicarán a los infractores van desde las 10 hasta las 50 unidades económicas de multa para la primera transgresión, el doble de esa cantidad cuando sean reincidentes y la suspención en forma “temporaria o permanente” de la habilitación para prestar servicios en los casos de una segunda reincidencia.
DATOS?CLAVE
Autores:
Concejo Deliberante Juvenil.
Comisión de Desarrollo Urbano
y Legislación General.
Responsables:
Florencia Cúchero, Valeria
González, Santiago Gómez,
Emilio Moyano, Diego Peralta,
Noelia Pratto, Mariano Barco
y Matías Flores.
Fuente: www.eldespertadordiario.com.ar
En el link http://www.canaldoslocal.com.ar/v5/nota_detalle.php?id_nota=652 se puede ver una nota televisiva sobre el tema.
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